Según la ley 30222, ley que modifica la ley 29783, ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, las obligaciones del empleador son:

  • Realizar exámenes médicos a sus colaboradores cada dos años (a cargo del empleador).
  • Pese a que los exámenes médicos de salida son facultativos, los costos los deberá asumir el empleador, sea a solicitud de él o del colaborador.
  • En el caso de los trabajos de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar a sus colaboradores los exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral.
  • En caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, los colaboradores tienen derecho a ser transferidos a otro puesto que implique menos riesgo para su seguridad y salud, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría, salvo en caso de invalidez absoluta permanente.

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